Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la violación de derechos y la indemnización de 'Hüda Kaya'

En 2014, se inició una investigación contra miembros del Comité Ejecutivo Central del HDP debido a las llamadas realizadas en redes sociales durante las protestas de Kobane (del 6 al 8 de octubre), y se elaboró un sumario contra Hüda Kaya, entonces diputada del HDP. Kaya fue acusada de participar en propaganda del PKK/KCK e incitar a la población a participar en los sucesos del 6 al 8 de octubre. Aunque la investigación indicó que Kaya se encontraba en una conferencia en Muş durante los sucesos, se le impuso una prohibición de viajar al extranjero. Durante el proceso, el expediente de Kaya en Ankara se fusionó con el de Diyarbakır, pero se separaron de nuevo años después. En 2023, se dictó una sentencia de fuga por su arresto en ausencia. Fue detenida en el aeropuerto de Estambul el 1 de noviembre de 2023 y arrestada por el tribunal de Ankara, al que fue llevada. Ese mismo día se dictó una orden de restricción para el expediente de investigación.
Hüda Kaya, cuya orden de liberación se dictó el 25 de junio de 2024, fue ordenada en un caso acumulado ante el 22.º Tribunal Penal Superior de Ankara y ha presentado una solicitud individual ante el Tribunal Constitucional. La solicitud alega la violación de su derecho a la libertad y seguridad personales debido a la ilegalidad de las medidas de arresto y la restricción del acceso al expediente de la investigación; la violación de la presunción de inocencia debido a las publicaciones de los medios de comunicación durante el proceso de investigación; y el principio de no ser juzgado más de una vez por el mismo delito debido a los repetidos juicios por el mismo delito. A la fecha de la revisión de la solicitud individual de Kaya, su juicio está en curso en el 22.º Tribunal Penal Superior de Ankara.
Se pagará una indemnización de 200.000 liras
La Corte Suprema, que revisó la solicitud, dictaminó que Kaya fue detenido ilegalmente y que restringir su acceso al expediente de investigación era una violación de sus derechos, y ordenó que se le pagara a Kaya 200.000 TL en daños no pecuniarios.
El razonamiento del Tribunal Constitucional indicó que, con base en la documentación disponible, las autoridades investigadoras no demostraron indicios sólidos de la comisión de un delito en el incidente específico. No se presentó evidencia que demostrara un nexo causal entre los incidentes violentos y las muertes y las acciones del solicitante. No se encontró evidencia de que el solicitante instigara o dirigiera los actos de violencia en cuestión, ni de que apoyara dicha conducta delictiva. El razonamiento concluyó: «Por las razones expuestas, se concluye que la imposición de una medida de detención al solicitante sin demostrar indicios sólidos de la comisión de un delito viola las garantías estipuladas en el tercer párrafo del artículo 19 de la Constitución, en relación con el derecho a la libertad y la seguridad».
El Tribunal Constitucional, que acogió la demanda de Kaya de restringir el acceso al expediente de la investigación, declaró en su razonamiento que no se había demostrado un interés público significativo que justificara la restricción del acceso al expediente, y que también se había vulnerado el octavo párrafo del artículo 19 de la Constitución. El razonamiento establecía: «Es evidente que constatar una infracción en el caso concreto sería insuficiente para compensar los daños sufridos por el demandante. Se le debe conceder una indemnización neta de 200.000 liras turcas por daños morales, que no pueden compensarse únicamente constatando una infracción debido a la injerencia en su derecho a la libertad y seguridad personales. Dado que el demandante no ha presentado información ni documentos sobre los daños materiales que alega haber sufrido, su solicitud de indemnización material debe ser rechazada».
Tele1