Indignación por la prohibición de entrada a albergues en España a mayores de 45 años (¿es legal?)

Recorrer España con mochila es una actividad popular entre personas de todas las edades, pero una cadena de albergues ha sido noticia por no permitir que los mayores de 45 años se alojen en sus alojamientos. ¿Pueden los albergues juveniles ser legalmente solo para jóvenes?
La cadena de hostales Onefam, que tiene propiedades en Barcelona, Madrid y Sevilla, así como otras ciudades de Europa, ha sido denunciada por la organización de protección al consumidor española Facua por permitir únicamente huéspedes de entre 18 y 45 años.
La denuncia se ha presentado ante la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid, la Dirección de Servicios Turísticos del Ayuntamiento de Barcelona y la Dirección General de Planificación Turística de la Junta de Andalucía.
La asociación de consumidores afirma que en la página web de la compañía figura como límite de edad para cada uno de sus alojamientos turísticos en las tres ciudades de España “de 18 a 45 años”.
Uno de los albergues de Sevilla rebaja aún más el límite, hasta los 40. Onefam Hostels cuenta con cinco propiedades en Barcelona, dos en Madrid y dos en Sevilla.
En la capital andaluza, a los mayores de 40 años incluso se les impide reservar en alguno de los hostales que hay allí.
"Que Onefam imponga una edad máxima arbitraria para realizar este trámite es totalmente insensato, ya que discrimina a las personas mayores de 45 años", denuncia FACUA en un comunicado.
Algunas de las principales asociaciones de personas mayores del país coinciden en que se trata de un claro caso de edadismo, que podría incluso vulnerar algunos apartados de la ley.
"Es una discriminación flagrante", dijo José Luis Fernández Santillana, presidente de la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA), al sitio web de noticias 65yomas.com.
"Es difícil de creer. Hablamos constantemente de cómo debemos combatir el edadismo, y cada día vemos más ejemplos. Este es un caso flagrante", añadió Josep Carné i Teixidó, presidente de la Federación de Asociaciones de Personas Mayores de Cataluña (FATEC).
¿Es legal discriminar por edad en España?
Según el artículo 39 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña, «el acceso y la estancia en los establecimientos de alojamiento turístico son gratuitos para los usuarios que hayan contratado los servicios y no pueden ser restringidos por razón de raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».
Si bien no menciona específicamente la edad, sí señala “cualquier otra condición personal o social” y la edad definitivamente podría entrar en estas categorías.
El artículo 12 de la Constitución Española, sin embargo, establece que "los españoles alcanzan la mayoría de edad a los dieciocho años", mientras que el artículo 246 del Código Civil deja claro que los adultos pueden "realizar todos los actos de la vida civil, salvo las excepciones establecidas en casos especiales por este Código".
Por lo tanto, la asociación considera que no tiene derecho a discriminar por edad y sólo permite la entrada a personas de entre 18 y 45 años.
El artículo 88 de la Ley de Turismo de Cataluña tipifica como infracción grave la discriminación que consiste en «prohibir a los usuarios el libre acceso a los establecimientos, expulsarlos de los mismos o impedirles la utilización de los servicios, salvo por causas justificadas».
Parece que Onefam no es la única cadena de albergues que prohíbe la entrada a personas de ciertas edades. Según la agencia de viajes online Voyista, «a pesar de la etiqueta de 'albergue juvenil', muchos de estos alojamientos están abiertos a un amplio público: algunos son más flexibles, mientras que otros mantienen límites de edad más estrictos».
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